Quien es el gestor del transporte por carretera?
Definición general
Los gestores de transporte terrestre tienen la responsabilidad de gestionar eficientemente y segura los vehículos que transportan pasajeros y/o mercancías por carretera. Sus funciones varían en función de si se trabajan en el transporte de mercancías o de pasajeros.
Son responsables de una flota de vehículos y de sus conductores. Se aseguran de que las entregas a los clientes llegan a tiempo y en buenas condiciones.
Funciones del gestor del transporte
- Dirigir efectiva y permanentemente las actividades de transporte de la empresa.
- Tener un vínculo real con la empresa.
- Estar en posesión del certificado expedido por la Administración que acredite su competencia profesional para el transporte por carretera de viajeros o mercancías.
- El gestor debe cumplir a título personal el requisito de honorabilidad.
Dirección efectiva de las actividades de transporte
- Verificar que la empresa cuenta con cuantas autorizaciones, licencias o permisos resulten exigibles para prestar los servicios y actividades de transporte que realice y que continúa cumpliendo en todo momento los requisitos exigidos para su obtención.
- Supervisar que los contratos de transporte y demás documentación mercantil emitida o suscrita por la empresa en relación con la contratación de operaciones y actividades de transporte se ajusten a la legalidad vigente.
- Supervisar que todos aquellos transportistas u operadores de transporte de mercancías con los que la empresa contrata servicios o actividades de transporte se encuentran autorizados para prestarlos.
- Supervisar que la empresa cumpla adecuadamente cuantas obligaciones le incumban en relación con la expedición, suscripción, utilización y conservación de documentos de control relativos a su actividad de transporte.
- Supervisar que la contabilidad de la empresa refleje adecuadamente todas las operaciones que guarden relación con su actividad de transporte.
- Organizar el trabajo de los conductores de la empresa teniendo en cuenta la reglamentación vigente sobre jornada laboral y sobre tiempos de conducción y descanso. Supervisar que todos los vehículos utilizados por la empresa se encuentren habilitados para circular, habiendo superado las inspecciones técnicas que resulten exigibles, y tienen instalados y en condiciones de funcionar el tacógrafo, el limitador de velocidad y cuantos otros instrumentos de control sean obligatorios.
- Señalar los criterios bajo los que se llevará a cabo el mantenimiento de los vehículos de la empresa. Supervisar que todos los conductores de la empresa sepan cómo utilizar correctamente el tacógrafo y hayan sido instruidos acerca del adecuado cumplimiento de la legislación en materia de tiempos de conducción y descanso.
- Supervisar la asignación de vehículos y conductores de la empresa a cada uno de los servicios que aquella realice.
- Supervisar que los vehículos asignados a cada servicio se adecúan a las características de este y se encuentran correctamente señalizados y acondicionados para realizarlo y que sus conductores conocen el peso y las dimensiones máximas de la carga y el número máximo de viajeros que pueden transportar.
Vínculación del gestor con la empresa
- Cuando el titular de la autorización sea una persona física, acreditar que se encuentra en situación de alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda.
- Cuando el titular de la autorización sea una persona jurídica, su gestor de transporte podrá ser cualquiera de las personas físicas que, en su caso, la integren, siempre que resulte acreditado que su participación en el capital social es igual o superior al quince por ciento y que dicha persona se encuentra en situación de alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda.
- La participación del gestor de transporte en el capital social de la empresa habrá de ser acreditada documentalmente por esta.
- Una misma persona podrá ejercer como gestor de transporte de distintas personas jurídicas cuando el capital de estas pertenezca en más de un cincuenta por ciento a un mismo titular.
Los certificados de competencia profesional serán expedidos por el Director General de Transporte Terrestre del Ministerio de Fomento o por el órgano competente de las Comunidades Autónomas a las que dicha competencia les haya sido delegada por el Estado.
El órgano que expida el certificado deberá realizar la oportuna inscripción en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte.
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