Modificaciones en nuevos INCOTERMS 2020
-Después de mucha discusión, se pensó en eliminar los INCOTERMS EXW y el DDP, por diversas razones. Sin embargo, la Cámara Internacional de Comercio consideró que muchas personas los utilizan y sería muy difícil hacer cambios tan drásticos. Al final, el INCOTERM que tuvo más discusión fue el DAT, debido a su imprecisión, es por ello que se eliminó. Ahora se utilizará el INCOTERM DPU, siglas en inglés que significan Delivered at Place Unloaded. En español, se traduce como “Mercancía entregada y descargada en lugar acordado”.
-En esta edición de los INCOTERMS, el exportador e importador tienen que informar de los procedimientos y problemas de seguridad que podría haber. Por ejemplo, si se debe de cumplir con una revisión del contenedor, es importante informarlo. Es una nueva responsabilidad.
-Modificación de Seguros en CIF y CIP:
Durante años, los INCOTERMS que incluyen seguros se manejaron con la claúsula C. Estas cláusula de las llamadas Institute Cargo Clauses, es una cláusula marítima. Hay 3 niveles de seguros marítimos: Claúsula A, Cláusula B y Cláusula C. Tanto CIF como CIP requerían de la contratación de un seguro con la cláusula C, es decir, el seguro con la menor cobertura.
A partir de los INCOTERMS 2020, en el INCOTERM CIP se recomienda la cláusula A, mientras que en el INCOTERM CIF se recomienda la cláusula C. Sin embargo, en el contrato, se puede especificar la cláusula que se desee por parte del comprador y vendedor.
-FCA con mención a un on-board bill of lading. Se contempla la opción de solicitar al transportista la emisión de un on-board bill of lading, pues, aunque una entrega bajo la regla FCA se produce antes de la carga a bordo de la mercancía, se ha considerado que el mercado demandaba la inclusión de esta opción.
https://www.comercioyaduanas.com.mx/incoterms/incoterm/incoterms-2020/
-En esta edición de los INCOTERMS, el exportador e importador tienen que informar de los procedimientos y problemas de seguridad que podría haber. Por ejemplo, si se debe de cumplir con una revisión del contenedor, es importante informarlo. Es una nueva responsabilidad.
-Modificación de Seguros en CIF y CIP:
Durante años, los INCOTERMS que incluyen seguros se manejaron con la claúsula C. Estas cláusula de las llamadas Institute Cargo Clauses, es una cláusula marítima. Hay 3 niveles de seguros marítimos: Claúsula A, Cláusula B y Cláusula C. Tanto CIF como CIP requerían de la contratación de un seguro con la cláusula C, es decir, el seguro con la menor cobertura.
A partir de los INCOTERMS 2020, en el INCOTERM CIP se recomienda la cláusula A, mientras que en el INCOTERM CIF se recomienda la cláusula C. Sin embargo, en el contrato, se puede especificar la cláusula que se desee por parte del comprador y vendedor.
-FCA con mención a un on-board bill of lading. Se contempla la opción de solicitar al transportista la emisión de un on-board bill of lading, pues, aunque una entrega bajo la regla FCA se produce antes de la carga a bordo de la mercancía, se ha considerado que el mercado demandaba la inclusión de esta opción.
https://www.comercioyaduanas.com.mx/incoterms/incoterm/incoterms-2020/
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