El Certificado de Origen

Los certificados de origen están destinados a probar el origen de las mercancías, con vistas a satisfacer las exigencias aduaneras o comerciales tales como la apertura de créditos documentarios.
La Cámara de Comercio e Industria es la habilitada para expedir el certificado.

¿Qué es exactamente el certificado de origen?

El certificado de origen consiste en un documento formal cuya función es determinar el país en el cual ha sido fabricada la mercancía. No se debe confundir entre país de origen con la procedencia o país desde donde ha sido enviada la mercancía.

El certificado de origen es un documento muy importante en todas las operaciones de exportación a países terceros desde dentro de la Unión Europea. Los países que pertenecen a la comunidad europea y realizan transacciones intracomunitarias, están exentos de presentar esta documentación. Si se realizan exportaciones a países con acuerdos preferenciales o importaciones a la Unión Europea desde estos países, se utilizarán los siguientes certificados: EUR1, EUR-MED, EUR2, FORM A o ATR1.

Datos para obtener el certificado de origen:

  • Para solicitar a la Cámara de Comercio el Certificado de origen de unas mercancías que hemos exportado el primer paso es estar registrado en la Cámara de Comercio de la demarcación como empresa exportadora a efectos de solicitar un Certificado de origen.
  • Un certificado de origen se emite en el país de salida y en el momento de la exportación de la mercancía.
  • El solicitante del certificado debe facilitar la siguiente información a la Camara de Comercio (Marcas y numeración, modelo de embalaje, naturaleza de la mercancía y cantidad).
  • El certificado de validez no tiene una duración determinada, variando esta según la Cámara de Comercio en la que se expida.

El hecho de determinar el origen de un producto es importante para saber si está afectado por algún régimen preferencial. Ante la autoridad aduanera, supone una prueba de que la mercancía ha sido producida en el país declarado como origen.

Los responsables de la administración aduanera podrán solicitar, de manera puntual, el despacho de una mercancía que no disponga del certificado de origen, pero aplicando el tipo de arancel que corresponda a terceros países (origen no preferencial) y sin ningún beneficio, ni rebaja arancelaria.



EUR-1: Es un documento justificativo del origen preferencial otorgado por la Unión Europea con aquellos países con los cuales mantiene un Acuerdo Preferencial.

Este documento es utilizado en el comercio con países Mediterráneos, EFTA y países ACP (África, Caribe y Pacífico), así como para las mercancías originarias de países y territorios de ultramar (PTUM). Los países ACP gozan de un tratamiento especial en virtud de que, en la mayoría de los casos, se trataba de antiguas colonias de algún país de la UE. Para el caso de los países PTUM, países y territorios de ultramar, se trata o bien de países o bien de territorios en dependencia con la metrópoli, dependencia que puede ser absoluta o atenuada, pero que en cualquier caso tienen alguna relación directa con algún Estado miembro de la Unión Europea.


El solicitante del EUR.1 (el exportador) debe poder probar el origen de las mercancías, lo que generalmente se hace mediante la presentación de la factura del proveedor que indique el origen del producto. Luego, el exportador completa el formulario de solicitud EUR.1 y lo entrega a las autoridades competentes (generalmente la oficina de aduanas) junto con la factura del proveedor. Las autoridades certifican el formulario con un sello y lo envían de vuelta al exportador.


Los países con acuerdos en cuanto al EUR1, clasificados por zonas, son:
  • África (Túnez, Suráfrica, Algeria, Egipto, Marruecos)
  • América (Chile, Colombia, México, República Dominicana)
  • Europa (Albania, Bosnia-Herzegovina, Islas Feroe, Georgia, Islandia, Liechtenstein, Kosovo, Macedonia, Noruega, Serbia, Suiza, República de Moldavia, Ucrania)
  • Oriente Medio (Israel, Jordania, Lebanon, Siria).
Con el fin de poder beneficiarse de una reducción en los aranceles, el EUR1 es el único certificado que se considera válido para ello. Un certificado de origen también indica el origen de la mercancía pero no es válido para beneficiarse de la reducción de dichos aranceles.

EUR-2:  Tiene el mismo efecto que el Certificado de circulación EUR1 y se utiliza para las mercancías objeto de envíos postales, siempre que contenga únicamente productos originarios de algún país con el cual la Unión Europea mantenga un Acuerdo Preferencial y su valor no sobrepase los 215 euros en el caso de pequeños envíos o de 600 euros en el de los productos contenidos en el equipaje personal de viajeros.

ATR: Es el documento que se utiliza en el comercio recíproco con Turquía y constituye el título justificativo para la aplicación del régimen arancelario preferencial con ese país.

Sólo podrá expedirse un ATR1 cuando las mercancías se transporten directamente desde Turquía a un Estado miembro y viceversa. El formulario ATR será visado por las autoridades aduaneras del Estado de exportación, debiéndose presentar en la aduana del Estado de importación en el plazo de tres meses desde la fecha del visado de la aduana de exportación.

FORM-A: Este certificado permite importar en la Unión Europea los productos originarios de los países del Sistema de Preferencias Generalizadas (SPG), no es necesario que hayan sido transportadas directamente a la Unión Europea. Este certificado debe ser expedido por las autoridades aduaneras o bien gubernamentales del país de exportación.

Éste deberá presentarse a las autoridades aduaneras del Estado miembro de importación en que se presenten los productos, en un plazo máximo de diez meses contados a partir de la fecha de expedición. Por parte de la autoridad gubernativa competente del país de exportación.

La mercancía que viaje con un FORM-A está viajando con un certificado de origen válido a todos los efectos y cuya finalidad es la aplicación de rebajas arancelarias en base a los acuerdos establecidos mediante el Sistema de Preferencias Generalizadas.




Fuentes:

https://www.icex.es/icex/es/navegacion-principal/todos-nuestros-servicios/informacion-de-mercados/tramites-y-gestiones/documentos-generales/documentos-comerciales/EST2012178214.html

http://www.sertrans.es/noticias/certificado-de-origen-comercio-internacional/

https://www.gecotex.es/certificado-de-origen-que-es-y-como-funciona/

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