Los Regímenes Aduaneros
3.1) Tránsito: Permite la circulación de mercancía no comunitaria dentro del territorio de la Unión Europea, o la comunitaria si sale del territorio aduanero, desde una aduana de origen a una de destino, ubicadas en países firmantes del acuerdo de tránsito. El responsable del tránsito, es el denominado obligado principal.Modalidades:
3.1.1 Interno: se produce cuando las mercancías perteneciente a un país comunitario, se quieren transportar a otro país comunitario, pasando por un país tercero, sin que su estatuto aduanero se modifique.
3.1.2 Externo: se da cuando la mercancía pertenece a un país tercero y necesitan ser transportadas por el TAU para llegar a otro país no comunitario sin tener que pagar derechos, ni estar sometidas a medidas de control comercial.
3.2) Almacenamiento: Permite a mercancía no comunitaria ser depositada en el TAU sin estar sujeta a impuestos de importación:
3.2.1) Depósito Aduanero: Este tipo de almacén es ideal para aquellas empresas importadoras de mercancías de alto valor con una rotación media o baja, pues les permite diferir el pago del IVA de importación así como el de los aranceles que pudieran existir hasta la venta o consumo de la mercancía. El tiempo es ilimitado y pueden hacerse determinadas manipulaciones a la mercancía la cual está controlada y vigilada por las autoridades aduaneras. Los depósitos aduaneros pueden ser públicos o privados.
3.2.2) Zona Franca: Suelen ser zonas de gran extensión adyacentes a puertos marítimos y está pensado para importar, elaborar el producto y volver a exportarlo (misma finalidad que el depósito aduanero). Se considerará que las mercancías no comunitarias NO se encuentran en el territorio aduanero de la UE, para la aplicación de los derechos de importación y de las medidas de política comercial, El plazo de permanencia de las mercancías en una zona franca es ilimitado.
3.3) Transformación:
3.3.1) Perfeccionamiento Activo: Introducción de mercancía de terceros países sin pago de IVA y aranceles para su "operación de perfeccionamiento" de la mercancía. La mercancía se le aplica transformaciones para posteriormente ser reexportada.
3.3.2) Perfeccionamiento Pasivo: Exportación temporal de mercancías que se les va a aplicar una transformación para luego importarlas con exención total o parcial de aranceles.
3.4) Destino especial:
3.4.1) Importación temporal: Este régimen permite el uso en territorio aduanero comunitario de mercancías no comunitarias para ser empleadas durante un tiempo máximo de 2 años con exención total o parcial de los derechos de importación y posteriormente reexportarlas sin haber sufrido modificaciones (salvo depreciación por uso).
3.4.2) Destino final: mercancías no comunitarias que son transportadas por el TAU para ser reexportadas con exención total o parcial de los derechos de importación (IVA de importación) y sin sujeción a políticas comerciales.
https://trade.ec.europa.eu/tradehelp/es/procedimientos-de-importacion-de-la-ue
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